Caso J.G.

Proceso penal

Contexto:

En enero de 2014, J.G., un ciudadano dedicado a la administración de taxis, de profesión abogado y servidor público de la Procuraduría General de la República, fue detenido arbitraria e ilegalmente. Durante su indebida incomunicación y retención, fue sometido a actos de tortura física, además de psicológica, con el fin de relacionarlo en investigaciones de secuestro y delincuencia organizada, con las que no tenía relación delictiva alguna.

A partir de ese momento, J.G. fue ingresado a un Centro Penitenciario Federal, en donde su salud se ha deteriorado significativamente. Hoy, más de 12 años después, continúa privado de su libertad bajo la medida cautelar de prisión preventiva, enfrentando un proceso penal desgastante en el que, hasta la fecha, no se ha podido dictar una sentencia que defina su situación jurídica.

Reto jurídico:

El expediente de alta complejidad y gran extensión, también presentaba características propias del sistema tradicional, que buscaba sostener acusaciones a cualquier costo. La investigación de la Fiscalía se construyó sobre indicios aislados, que criminalizaban las relaciones comerciales y laborales legítimas de J.G. Además, el expediente se sostenía en reconocimientos de voz y de persona viciados e irregulares, además de otras pruebas obtenidas mediante violaciones a derechos humanos —detención ilegal y arbitraria, excesiva demora en la puesta a disposición, actos de tortura física y psicológica, además de injustificada retención— ocurridas durante su detención, lo que situaron a J.G. en un grave estado de incertidumbre.

Intervención de artículoprimero:

Asumimos la defensa técnica de J.G. para garantizar que su derecho a la presunción de inocencia no sea vulnerado. Nuestras acciones estratégicas son:

  • Cuestionamos técnicamente las diligencias de reconocimiento de voz y de persona, evidenciando la falta de controles.

  • Elaboramos un estudio exhaustivo para demostrar que los indicios de la Fiscalía corresponden a una actividad comercial lícita y no a una estructura criminal.

  • Impulsamos el proceso penal mediante el desahogo de las diligencias pendientes, solicitamos el cierre del mismo y formulamos las conclusiones de inculpabilidad a su favor, apoyándonos de decenas de pruebas que acreditan plenamente su inocencia y demostrando la falta de congruencia de la acusación de la Fiscalía.

Avances:

Mediante el litigio constitucional, logramos la exclusión de pruebas ilícitas e ilegales —parte informativo de puesta a disposición, declaraciones de personas detenidas y víctimas, además de reconocimientos de voz y persona—, depurando el expediente de actuaciones viciadas. A la par, mediante dictámenes evidenciamos las deficiencias metodológicas de las pruebas de cargo que no fueron excluidas y mediante el Protocolo de Estambul se acreditaron los actos de tortura de los que J.G. fue víctima.

Nuestro compromiso:

En artículoprimero solicitamos formalmente al Juzgado de Distrito que dicte una sentencia absolutoria y se ordene la inmediata libertad de J.G., al no existir ninguna prueba válida que acredite su responsabilidad en los delitos de secuestro y delincuencia organizada, en donde sí está acreditada su inocencia. Continuaremos exigiendo que los tribunales apliquen los más altos estándares de valoración probatoria hasta lograr que J.G. regrese a casa.

Internamiento penitenciario

Violencia institucional:

La injusticia contra J.G. no se limitó a su proceso penal. Durante sus más de 12 años de internamiento, ha enfrentado condiciones que atentan gravemente contra su integridad y vida. El punto más crítico ocurrió en septiembre de 2023, dentro del Centro Federal de Readaptación Social en el que se encuentra. Durante la madrugada, encontrándose en una estancia cuyas puertas operan de manera eléctrica, un grupo de internos ingresó para golpearlo brutalmente, dejándolo inconsciente, con severas lesiones, fracturas y marcas en todo el cuerpo.

Esta agresión no fue un pleito entre personas privadas de la libertad, sino que se trató de actos de tortura cometidos por particulares bajo la evidente anuencia, apoyo, además de aquiescencia del personal de protección y custodia. Las secuelas han provocado a J.G. severas afectaciones físicas y psicológicas, mermando su bienestar integral.

Intervención de artículoprimero:

En artículoprimero consideramos inaceptable que el Estado sea cómplice o espectador de la violencia que ocurre en sus propios espacios. Ante la gravedad de los hechos, desplegamos una estrategia enfocada en el litigio constitucional y de derechos humanos.

En los momentos más cruciales, promovimos un juicio de amparo que permitió frenar el peligro a su integridad personal y vida, además del ocultamiento de su situación de salud por parte de las Autoridades Penitenciarias, y exigir el acceso inmediato a los servicios de salud de primer, segundo y tercer nivel, así como el seguimiento médico especializado necesario.

Al mismo tiempo, presentamos el caso ante la Fiscalía General de Justicia del Estado (en contra de los particulares), la Fiscalía General de la República (en contra de los servidores públicos coludidos) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (en contra de las instituciones responsables), en donde hemos desplegado litigios estratégicos.

Avances:

Más allá de los alcances inmediatos que permitieron preservar su vida e integridad, como resultado de la intervención estratégica, actualmente nos encontramos en un proceso de conciliación convocado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En esta mesa contamos con la participación del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (que administra los Centros Federales de Readaptación Social), a la Fiscalía General de la República y a la Fiscalía General de Justicia del Estado.

El objetivo de este mecanismo es que las autoridades a cumplan con una reparación integral del daño. Desde artículoprimero exigimos una disculpa pública, la atención médica y psicológica necesaria, que las Autoridades Penitenciarias retomen el control del Circuito Cerrado de Televisión (cámaras de seguridad) para evitar futuros encubrimientos, capacitación a personas servidoras públicas en materia de delitos de comisión por omisión, así como delitos en donde se advierta la anuencia, autorización, apoyo o aquiescencia del Estado, y la investigación pronta, exhaustiva e imparcial contra funcionarios públicos y particulares.

De manera simultánea, hemos impulsado las carpetas de investigación para que este acto no quede impune. El próximo mes se llevará a cabo la audiencia de formulación de imputación en contra de los autores materiales de la agresión.

Nuestro compromiso:

En artículoprimero el compromiso es con J.G., con su integridad humana y con su derecho a recuperar la paz, así como la dignidad que nunca debieron arrebatarle. Continuaremos aportando todos los elementos técnicos necesarios hasta que cada persona y/o autoridad involucrada repare el daño causado.

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